¿Su actividad se desarrolla en el sector educativo?
Tanto si es educación reglada o no, o simplemente son actividades lúdicas con menores,
debe cumplir con la normativa en protección de datos y
si la educación es reglada hay otros requisitos mas específicos
No se preocupe, le ayudamos para la adecuación de centro educativo o guardería infantil, para que cumpla tanto con
el Reglamento General de protección de datos, RGPD
o la Ley de Protección de Datos y garantía de derechos digitales, LOPDGDD
Además, si tiene Web o cámaras de vigilancia, también le asesoramos para que cumpla con la legislación vigente.
Al tratar con datos de menores siempre deberá contar con la autorización de los dos padres o tutores, nosotros nos encargamos de orientarle e indicarle todos los permisos o autorizaciones especificas que deberá obtener.
Le informamos y facilitamos toda la documentación necesaria, para que, de una forma sencilla y eficaz, pueda tener cubierta esta parcela de su actividad.
Pinche Aquí y le facilitamos información sobre la legalización de su página Web.
Y si tiene comercio electrónico, es decir, si hay inscripciones de alumnos o actividades a través de su web, también le indicamos que necesita para poder hacer uso del comercio online cumpliendo con la normativa vigente.
A parte de todo Organismo público, de entidades que tengan una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala, o que la actividad principal consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, LOPD, en su art. 34.1, referente a las entidades privadas, nos dice que estarán obligados a nombrar un DPO:
Colegios profesionales.
Centros docentes a todos los niveles, con enseñanza regulada.
Servicios de comunicación electrónica.
Prestadores de servicios TIC.
Entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Servicios de inversión.
Distribuidores de electricidad.
Entidades de solvencia patrimonial y Crédito, y responsables de ficheros regulados por la legislación de Blanqueo de
capitales.
De publicidad y prospección comercial.
Centros sanitarios con obligación de historial clínico.
Emisión de informes comerciales referidos a personas físicas.
Operadores de juego online.
Empresas de seguridad privada.
Federaciones deportivas.
Los centros educativos con enseñanza regulada, incluidas las guarderías o escuelas infantiles, están incluidas en el citado artículo de la lopd, por lo que deberá asignar a un Delegado de Protección de datos.
Ustedes tratan datos personales de sus alumnos, de sus representantes o tutores, del personal
Muchos de esos datos son datos especiales (salud de alumnos o de cuidadores.......)
¿Ha informado debidamente a sus interesados?
¿Tiene del prueba del consentimiento del tratamiento de los datos, alumnos, personal etc., para tratar estos datos?
¿Cede o comunica alguno de esos datos a terceros?
¿Ha documentado mediante contrato específico según el RGPD con sus Encargados de tratamiento (Asesoría, Informático, Servidores online, etc.)
¿Su personal conoce la Política de seguridad de la empresa y ha suscrito el documento de confidencialidad?
¿Hay cámaras de vigilancia en sus locales, según la LOPD están debidamente informadas?
¿Maneja datos personales a través de su Web o tiene comercio electrónico?
En contestación a estas preguntas, le ofrecemos una
para poder cumplir con la Ley de Protección de Datos, LOPD, el Reglamento europeo RGPD y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, LSSI.
Según el nuevo Reglamento europeo, el no cumplimiento con él, pueden significar una multa del 2% al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior.